I.
Antecedentes
necesarios
1.
La reserva internacional de libre
disponibilidad
En países que emiten su propia moneda la reserva monetaria
internacional (RMI) es un indicador que mide la solvencia internacional, la
viabilidad del régimen cambiario y la capacidad que tiene ese país para mitigar
los efectos de los shocks externos. Esta RMI se conforma y se afecta con todas
las transacciones internacionales que realizan los agentes económicos, pues
todas ellas tienen que pasar por el banco central respectivo. Así, cuando
alguien exporta, entrega los dólares al banco central y recibe el valor
correspondiente en moneda nacional, mientras que cuando importa entrega la
moneda nacional y da la orden para que el banco central transfiera los dólares
al comprador del exterior.
Igual cosa sucede con el resto de transacciones, como deuda
externa, inversión, remesas de migrantes, etc.
De esta manera, el banco central acumula dólares que serán
utilizados para pagar las obligaciones externas de todos los agentes
económicos. Por ello, una medida común de la solvencia de un país constituye
medir para cuántos meses de importaciones alcanzaría la RMI si no se producen
nuevos ingresos de dólares.
Esto sólo es aplicable a países que emiten su propia moneda,
pues al dolarizar, de partida hay que hacer dos cosas:
-
Depurar este indicador (RMI) eliminando todos
aquellos componentes que no sean completamente líquidos o convertibles
inmediatamente a liquidez
-
Utilizar el valor de dólares que sea necesario
para canjear la moneda nacional que se encontraba en circulación para
introducir la nueva moneda a la economía
Ejecutadas estas acciones, los recursos disponibles en
dólares del banco central ya no son RMI ni respaldan las obligaciones
internacionales de los agentes económicos, sino que más bien ahora son la
contrapartida de los pasivos del propio banco central.
A este nuevo indicador en el Ecuador se le dio el nombre de
reserva internacional de libre disponibilidad (RILD), el cual se afecta
principalmente por:
- Los movimientos del sector público, movimientos
tanto internos (ingresos por impuestos, pagos de salarios, pagos a
contratistas, etc.) como externos (deuda, venta de petróleo, importación de
derivados, etc.).
-
Los depósitos y retiros que las entidades
financieras realicen en sus cuentas en el banco central
Con esta explicación, mencionemos que al 31 de diciembre de
1999, es decir justo antes de la dolarización, el saldo de la RILD alcanzó a
$1.380,7 millones, de los cuales debía destinarse $457,3 millones a canjear las
monedas y billetes sucres que se encontraban en circulación, es decir que la
RILD para respaldar los restantes pasivos del BCE fue de $923,4 millones.
2.
El tipo de cambio de dolarización
Una vez determinado el nivel de la RILD a la fecha de
dolarización, para establecer el tipo de cambio que se aplicará para realizar
el canje monetario nada más debe dividirse el valor de este indicador para el
monto de pasivos del banco central que tienen probabilidad de presentarse al
canje. Fue así como en el Ecuador en enero de 2000 se llegó al tipo de cambio
de S/.25.000,00 por dólar.
3.
Razón de ser del sistema de balances del
Banco Central del Ecuador
Cuando se adoptó el sistema de dolarización en la economía
ecuatoriana, una de las principales preocupaciones que se enfrentó fue la de
establecer mecanismos que eliminen toda posibilidad de que el Banco Central del
Ecuador (BCE) pueda emitir dinero, más allá de las monedas fraccionarias, las que
debían encontrarse en todo momento respaldadas al 100% con RILD.
A tal finalidad se determinó en la Ley de Régimen Monetario
que el balance contable del BCE estaría compuesto por cuatro sistemas, en el
primero de los cuales, denominado de canje, se registraría como obligación
(pasivo) todas estas monedas fraccionarias emitidas y como contrapartida
debería existir RILD por un valor igual. Así, el primer sistema contable se
constituyó de la siguiente manera:
Luego, hay que recordar que cuando se adoptó la decisión de dolarizar, todavía el país no había resuelto su crisis financiera, por lo que era muy sensible el tema de que los depositantes de la banca sientan que sus recursos también se encontraban plenamente respaldados con dólares. No olvidemos que un importante grupo de economistas entonces daba declaraciones en el sentido que las reservas internacionales solamente alcanzarían para canjear una parte de los recursos en moneda nacional que se encontraban en circulación.
SISTEMA DE
CANJE
|
|
RILD 1
|
Monedas emitidas
|
Luego, hay que recordar que cuando se adoptó la decisión de dolarizar, todavía el país no había resuelto su crisis financiera, por lo que era muy sensible el tema de que los depositantes de la banca sientan que sus recursos también se encontraban plenamente respaldados con dólares. No olvidemos que un importante grupo de economistas entonces daba declaraciones en el sentido que las reservas internacionales solamente alcanzarían para canjear una parte de los recursos en moneda nacional que se encontraban en circulación.
Ante un entorno de esas características, se decidió
establecer el segundo sistema dentro del balance del BCE, denominado sistema de
reservas financieras, en el cual se registrarían como obligaciones (pasivos)
los depósitos que las entidades financieras del país, públicas y privadas,
realicen en el BCE, manteniendo como contrapartida en el activo un valor
similar de RILD. Entonces, este sistema se estructuró así:
Un tercer sistema contable (sistema de operaciones) se conformó poniendo en el pasivo tanto los depósitos que el sector público mantenía en el BCE, como los depósitos de particulares y las obligaciones de mediano y largo plazo del propio BCE.
SISTEMA DE
RESERVAS
|
|
RILD 2
|
Depósitos entidades financieras
|
Un tercer sistema contable (sistema de operaciones) se conformó poniendo en el pasivo tanto los depósitos que el sector público mantenía en el BCE, como los depósitos de particulares y las obligaciones de mediano y largo plazo del propio BCE.
La contrapartida de estas obligaciones, que constituiría el
activo, sería todo lo que reste de la RILD más los títulos – valores emitidos
por el Estado ecuatoriano que fueran propiedad del BCE. Este último rubro
mencionado estaba compuesto por los títulos conocidos como bonos AGD; es decir,
aquellos bonos que recibió el BCE para dar liquidez en moneda nacional a los
bancos que cerraron durante la crisis, posibilitando así el pago a los
depositantes.
Como se puede inferir, las obligaciones de este sistema de
operaciones no se encontraban respaldadas al 100% con RILD; sin embargo,
aquella parte que no contaba con tal respaldo tenía como contrapartida bonos
del propio Estado, es decir que en la parte no cubierta el Estado era deudor y
acreedor simultáneamente.
Este tercer sistema se conformó así:
Finalmente, se estableció un cuarto sistema contable, llamado de otras operaciones, en el cual se registraron todas las restantes cuentas de activo, pasivo y patrimonio del BCE.
SISTEMA DE
OPERACIONES
|
|
RILD 3
|
Depósitos sector público
|
BONOS AGD
|
Otros depósitos
|
Obligaciones
del BCE de mediano y largo plazo
|
Finalmente, se estableció un cuarto sistema contable, llamado de otras operaciones, en el cual se registraron todas las restantes cuentas de activo, pasivo y patrimonio del BCE.
Este último sistema es muy importante por cuanto al segregar
los mejores activos del BCE para respaldar las obligaciones de los anteriores
sistemas, se asignó únicamente los restantes activos para cubrir las
necesidades que tuviere el BCE para operar en el futuro, es decir que se
imposibilitó que esta entidad pueda utilizar la RILD ni los bonos del Estado
para cubrir sus gastos administrativos y financieros.
En un resumen muy ajustado, este cuarto y último sistema se estructuró
así:
SISTEMA DE OTRAS
OPERCIONES
|
|
Restantes activos
del BCE
|
Restantes pasivos
BCE
|
Patrimonio del BCE
|
.
La transparencia
Una de las razones más importantes que llevaron a la
decisión política de dolarizar la economía ecuatoriana, fue la pérdida de
confianza de la gran mayoría de ecuatorianos en su moneda nacional[1],
como resultado principalmente del muy elevado crecimiento de la emisión
monetaria resultante de las necesidades que impuso el cierre de un gran número
de entidades financieras durante la crisis, sin que exista un sistema de seguro
de depósitos con los recursos requeridos.
En la medida de ello, era imperativo dar a la población la
certeza que en este nuevo sistema monetario no se produciría el fenómeno que en
el lenguaje diario de la gente se dio en llamar “emisión inorgánica”. A tal
finalidad el BCE empezó a publicar semanalmente los cuatro sistemas de su
balance que fueron explicados en la sección anterior.
Con esta información, los analistas económicos podían dar fe
permanentemente al resto de la población, que no se habían producido hechos
extraños en el manejo de la dolarización.
5.
Ley de creación de la red de seguridad
financiera
A finales del año 2008 se produjo un acontecimiento
trascendental para los fines de este documento: por iniciativa del Poder Ejecutivo,
la Asamblea Nacional aprobó la ley de creación de la red de seguridad
financiera, la cual entre otros aspectos muy importantes dispuso:
- -
Que el BCE debía entregar los denominados bonos
AGD al Ministerio de Finanzas, a valor cero.
-
Que para dinamizar la economía nacional el BCE debía
utilizar los recursos de la RILD y realizar inversiones en el país; estas debían
contabilizarse en el activo del tercer sistema del balance del BCE
En virtud de ello, este tercer sistema contable pasó a verse
así:
SISTEMA DE
OPERACIONES
|
|
RILD 3
|
Depósitos del
sector público
|
Inversiones en
títulos emitidos por residentes
|
Otros depósitos
|
Aportes del BCE en
organismos internacionales
|
Obligaciones del
BCE de mediano y largo plazo
|
Dos efectos muy importantes de estas disposiciones fueron:
- - La suma de los activos de este sistema de
operaciones pasó a ser menor que la suma de los correspondientes pasivos, es
decir que este sistema contable “no cuadraba”. La reacción inmediata del BCE
fue dejar de publicar los sistemas contables, pese a su obligación legal. Esta
decisión se mantuvo hasta el día 23 de mayo de 2014 en que se subió la información
respectiva para ser consultada por internet. De esta reciente publicación se
desprende que los activos del sistema de operaciones al 31 de diciembre de 2008
alcanzaron a $3.590 millones y los pasivos a $3.728 millones, generándose un
descuadre de $138 millones[2]
- El BCE tuvo una reducción muy importante de su
patrimonio, el que pasó de $1.820 millones al finalizar noviembre de 2008 a
$933 millones al termino del siguiente mes[3]
6.
Inversiones en títulos emitidos por
residentes (“inversión doméstica”)
En aplicación de la norma recién mencionada, de la ley de
creación de la red de seguridad financiera, el BCE ha venido realizando de
manera creciente las conocidas como inversiones domésticas, adquiriendo títulos
– valores emitidos por las instituciones financieras del sector público, de
manera que al 30 de abril de 2014 el saldo de este tipo de operaciones habría
llegado a $3.111 millones[4],
en momentos en que el saldo total de la RILD alcanzó a $3.568 millones.
Es preciso aclarar cómo operan estas transacciones de
inversión doméstica para evitar equivocaciones:
Digamos por ejemplo que la Corporación Financiera Nacional
(CFN) emite un título por un valor de $100 millones, el BCE le compra
directamente ese título y acredita en la cuenta que la CFN tiene en el BCE esos
$100 millones. Hasta este momento no hay ningún efecto macroeconómico por
cuanto solamente se han realizado asientos contables, evidenciados en el
balance del BCE por un crecimiento del activo del tercer sistema contable.
Cuando la CFN gira sobre su cuenta en el BCE, disminuye la RILD por el valor
en que se utiliza efectivo o bien por el valor que se realizan pagos al
exterior. De esta manera disminuye la relación del monto de
RILD del tercer sistema contable (RILD 3) respecto de los depósitos del sector
público en el BCE. La utilización de este mecanismo podría extenderse a un
punto en el que no solamente se afecta el mencionado tercer sistema, sino
también el segundo sistema, es decir que teóricamente podría bajar del 100% el
respaldo de las reservas bancarias.
Es interesante observar que al mismo 30 de abril de 2014 en
que las instituciones financieras públicas han recurrido al mecanismo de
inversión doméstica para colocarle al BCE sus títulos por un valor de $3.111
millones, esas mismas entidades financieras públicas han realizado inversiones
en títulos del Estado por $2.049 millones[5]
(a fines del año 2008 estas inversiones eran prácticamente cero).
II.
Emisión
de dinero electrónico
1.
Base regulatoria
En enero de 2011 el Directorio del BCE expidió la Regulación
017-2011 mediante la cual se incorpora a la Codificación de Regulaciones del
Directorio del Banco Central del Ecuador, el título décimo quinto en el Libro
I. Con las reformas introducidas en marzo de 2012 y febrero de 2014, esta normativa
consta en las páginas 82.11 – 82.12. En ellas se define al dinero electrónico
como “el valor monetario equivalente al valor
expresado en la moneda de curso legal del país que:
a)
Se almacena e
intercambia únicamente a través de dispositivos electrónicos, móviles,
electromecánicos, fijos, tarjetas inteligentes, computadoras y otros, producto
del avance tecnológico;
b) Es aceptado con poder
liberatorio ilimitado y de libre circulación, reconocido como medio de pago por
todos los Agentes Económicos en el Ecuador y para el pago de obligaciones
públicas de conformidad con las normas que dicte el Organismo Regulatorio
Competente;
c) Es convertible en
efectivo a valor nominal; y,
d)
Es emitido
privativamente por el Banco Central del Ecuador sobre la base de las políticas
y Regulaciones que expida el Organismo Regulatorio Competente y por ende se
registra en el pasivo de la Institución.”
Es importante citar los artículos 2 y 3 de esta normativa:
“Artículo 2.- El titular o portador de dinero
electrónico, a través de los Macro Agentes autorizados en el SDE (sistema de
dinero electrónico), podrá en cualquier momento solicitar al emisor el canje
del valor nominal del dinero electrónico por especie monetaria; así como
también realizar transferencias electrónicas a una cuenta propia o de un
tercero sea esta del SDE o del Sistema Financiero Nacional.
Artículo 3.- El saldo final diario de dinero
electrónico del SDE se registrará en el Sistema de Operaciones del Balance
General del Banco Central del Ecuador."
2.
Alcance del instrumento
No es el objetivo del presente documento
analizar las ventajas o desventajas del dinero electrónico como elemento que
facilite las transacciones económicas desde un punto de vista operativo, sino
más bien centrarnos en los aspectos macroeconómicos del mismo.
En este sentido conviene resaltar los
siguientes aspectos que devienen de la lectura de la normativa citada:
- Habría convertibilidad total del dinero electrónico
en dólares físicos, a través del BCE
- Sería obligatorio para
las entidades del sistema financiero nacional recibir transferencias
electrónicas de este dinero a las cuentas dólares de sus clientes
- Los saldos de dinero electrónico y sus movimientos
se registrarían en el tercer sistema del balance del BCE
De ello puede preverse que el instrumento
operaría inicialmente sin inconvenientes; es decir, las personas que de manera
voluntaria[6]
decidan entregar sus dólares físicos al BCE para obtener registros electrónicos
en su teléfono celular u otro dispositivo, podrían realizar transacciones en
los establecimientos que acepten este tipo de dinero, estos establecimientos
podrían depositar los valores respectivos en sus cuentas en las entidades
financieras privadas y estas, a su vez, podrían pedir de manera inmediata al
BCE que acredite sus cuentas de encaje en el valor respectivo.
Si el BCE guarda los dólares físicos
recibidos, como se dijo, no habría inconvenientes; sin embargo, no encontramos
disposición alguna en la normativa que establezca tal obligatoriedad; por el
contrario, al establecerse que la emisión de dinero electrónico se
contabilizaría en el tercer sistema de balances del BCE, queda claro que no
necesariamente la contrapartida de estas emisiones tiene que ser RILD, sino que
pueden ser inversiones domésticas, las que, como vimos, se destinan en su mayor
parte a comprar títulos emitidos por las entidades financieras públicas.
En el primer escenario, es decir si el BCE
recibe y guarda los dólares físicos, lo que se produciría es un incremento de
la RILD y un crecimiento del pasivo del tercer sistema de balances de la misma
magnitud.
En cambio, si el BCE aplica un sistema de
reserva proporcional al instrumento; es decir, si solamente guarda una parte de
los dólares físicos recibidos e invierte la diferencia en la banca pública, el
crecimiento de la RILD sería de menor magnitud que el correspondiente al pasivo
del tercer sistema contable. Se produciría un crecimiento de la liquidez en la
economía, considerando que el dinero electrónico también forma parte de esa
liquidez, con los consecuentes efectos potenciales.
En
este evento podríamos hablar de una cuasi-moneda diferente al dólar, es decir
que prácticamente se configuraría un sistema bimonetario, en que las decisiones
de obtener dinero electrónico serían voluntarias.
Es probable que la característica de
voluntariedad no sea sostenible ante una situación crítica de la caja fiscal,
pues el Estado encontraría que la colocación de dinero electrónico constituye
una fuente de financiamiento, a través del mecanismo de inversiones domésticas
del BCE – banca pública – títulos del Estado. Para el efecto, existe la
posibilidad de, por ejemplo, pagar el bono de desarrollo humano, los sueldos de
los empleados públicos y una parte de los contratos de obras públicas, con ese
dinero electrónico.
De introducirse esa obligatoriedad es muy
probable que los afectados se sientan incentivados a canjear el dinero
electrónico por dólares físicos, inclusive aceptando un descuento, lo que
implicaría que la cuasi-moneda tendría una cotización distinta de la del dólar
y se convertiría en el “mal dinero” del cual la gente tiende a deshacerse
rápidamente.
La mejor forma para minimizar el riesgo de
que ocurra un evento de tal naturaleza, constituye iniciar un manejo
fiscal austero y que el BCE publique de manera transparente las cifras de
emisión de dinero electrónico y su respaldo con RILD. Lastimosamente se conoce
que en el proyecto de Código Financiero que el Ejecutivo enviará próximamente a
la Asamblea Nacional, por el contrario, se eliminan de manera definitiva los
cuatro sistemas dentro del balance del BCE, lo que restará transparencia a las
cifras mencionadas.
Por otra parte, es ampliamente conocido que
la austeridad no ha sido una de las características del manejo fiscal en los
últimos 7 años y, aún más, se sabe que desde finales del año 2013 la caja
fiscal enfrenta serios inconvenientes, en un entorno en que predomina el
criterio de que el gasto fiscal y el crecimiento de la liquidez son mecanismos
sostenibles para mantener elevado el crecimiento económico. Todo esto genera
alertas sobre el manejo del dinero electrónico.
3.
¿Igual que con los
bancos privados?
Se escucha decir, con muy buen sentido
conceptual, que cuando una persona deposita su dinero en un banco privado,
confía que éste lo utilizará adecuadamente, otorgando buenos créditos,
realizando buenas inversiones y manteniendo suficientes márgenes de liquidez,
de manera que cuando el depositante quiera retirar sus recursos, ellos se
hallarán disponibles. Dicen que entregar dólares físicos al BCE y recibir a
cambio registros electrónicos, implica la misma confianza.
Efectivamente, en el primer caso está
involucrada la confianza del depositante y en el segundo de la persona que
accede al canje; por otra parte, en ambos casos hay la posibilidad que en
función de las decisiones que tome el receptor de los depósitos y de los
dólares físicos, pueda producirse un efecto de multiplicación de la cantidad de
dinero, ya que en los dos eventos puede aplicarse un esquema de reserva
fraccionaria, es decir que se podría guardar como respaldo solamente una parte
del dinero recibido y la diferencia destinarse a distintos fines. Hasta aquí
las similitudes.
Veamos ahora las principales diferencias:
- En los casos de las operaciones con la banca
privada, es obvio para todos quienes participan en ellas que el banco utilizará
una parte de los depósitos para realizar préstamos y realizar inversiones. En
el caso del dinero electrónico, en cambio, no es transparente si el BCE guardará
los dólares físicos que recibe para que sirvan de respaldo de los registros
electrónicos que entregue o si los va
utilizar de otra manera, en este segundo caso, qué porcentaje guardará y
qué porcentaje destinará a otros fines. Es decir hay en principio una
diferencia por el nivel de transparencia.
- Los bancos privados se
encuentran sujetos a una regulación y supervisión a cargo de una entidad
estatal, completamente independiente y que representa los intereses de los depositantes.
Por su parte, el BCE se halla regulado en estas operaciones por su propio
Directorio y la supervisión le corresponde a la Superintendencia de Bancos, la
cual parece no tener independencia de intereses respecto de su supervisado,
pues las dos entidades se hallan claramente alineadas.
- En función de la
adopción de las recomendaciones del Comité de Basilea, las entidades
financieras privadas se encuentran obligadas a mantener determinada cantidad de
capital pagado, el cual se encuentra en relación al valor de los activos que
administra la entidad respectiva y de su nivel de riesgo. El BCE, por su parte,
se encuentra exento del cumplimiento de este tipo de normativa, es decir que no
se sujeta a niveles mínimos de capital relacionados con la cantidad y calidad
de sus activos.
- Igualmente, para el caso
de la calificación de los activos de riesgo y determinación de provisiones para
proteger el valor de los mismos (créditos e inversiones), los bancos privados
tienen que aplicar procedimientos dispuestos por la Superintendencia de Bancos,
los cuales tienen el objetivo de velar por los intereses de los depositantes.
En el caso del BCE la calificación se realiza sobre operaciones que otorga una
entidad del Estado, en favor de otras entidades del Estado y son supervisadas
por otra entidad del mismo Estado. Claramente aquí no hay independencia de
intereses, por lo que la situación puede prestarse para que exista cierta
laxitud que podría incidir en que los riesgos intrínsecos no se cubran de
manera adecuada, generando inconvenientes a futuro para toda la economía.
III.
CONCLUSIONES
1. Como se encuentra
redactada la normativa relacionada con la emisión de dinero electrónico, existe
la posibilidad cierta de que el BCE aplique un sistema de reserva proporcional
entre los dólares físicos que reciba y los registros electrónicos que emita.
2.
Si lo enunciado se
aplica, en la práctica circularían en el país tres tipos de dinero:
a.
Los dólares físicos
emitidos por la Reserva Federal de los Estados Unidos
b.
Las monedas metálicas
fraccionarias que tendrían respaldo al 100% con RILD
c.
El dinero electrónico
que tendría solo respaldo parcial con RILD, en un porcentaje no determinado
Evidentemente este sistema monetario no es de
dolarización.
3. El BCE no tiene límite
alguno en la normativa para emitir este dinero electrónico.
4. A través del mecanismo
de inversión doméstica, el BCE podría profundizar el financiamiento de la caja
fiscal, a través de la compra de papeles emitidos por la banca pública y la
posterior compra por parte de estas entidades de títulos emitidos por el
Ministerio de Finanzas.
5.
Lo expuesto llevaría a
un crecimiento monetario que podría llegar a ser muy importante, con los
consiguientes efectos que pueden esperarse sobre los precios de la economía y
la balanza de pagos, principalmente.
6. Si los agentes
económicos perciben que el dinero electrónico tiene riesgos intrínsecos por la
falta de respaldo y se ven obligados a recibirlo, el país estaría ante un
sistema bimonetario con altos riesgos.
[1] El
tema relativo a los criterios y reflexiones que sirvieron de base para la
decisión de dolarizar la economía nacional es bastante amplio y complejo y, sin
duda, debería abordarse desde la perspectiva del protagonista principal de la
decisión, es decir, el Presidente de la República de entonces. Aquí nada más
abordamos uno de los aspectos relevantes para los fines de la explicación que
estamos realizando.
[2] http://contenido.bce.fin.ec/contenido.php?CNT=ARB0000963
consultado el 24 de mayo de 2014 a las 23h46
[3]
Información obtenida también de la dirección web mencionada en la anterior nota
de pie de página
[4]
Cifra que proviene de sumar $2.512 millones del rubro “inversiones en
residentes” del activo del tercer sistema del balance del BCE más $599 millones
de “inversiones” del cuarto sistema
[5]
Cifra obtenida al sumar los saldos de los balances del Banco del Estado, Banco
Nacional de Fomento y Corporación Financiera Nacional, de las cuentas llamadas
“inversiones disponibles para la venta del Estado o de entidades del sector
público” e “inversiones mantenidas hasta su vencimiento del Estado o de
entidades del sector público”, consultado el 25 de mayo de 2014 a las 00h45 en
la dirección web http://www.sbs.gob.ec/practg/p_index?vp_art_id=125&vp_tip=2&vp_buscr=41
[6] El
Presidente del Directorio del BCE ha dicho públicamente que el mecanismo
funcionaría de manera totalmente voluntaria
Nada mejor que el buen trato a los ciudadanos, es productivo, los guapos pagan siempre los impuestos, los demás no. Se han perdido de recoger más dinero en Ecuador que en otras partes del mundo. Servicios http://lenincamacho.es.tl
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